Oftalmología Y Medicina Industrial

Pablo Emilio Vanegas Plata
Md, Msp, Oftalmólogo, OncólogoCon la Colaboración del Dr.
Néstor Oyaga
Medico Cirujano, Especialista en Medicina Industrial

Oftalmología y Medicina Industrial Pablo Emilio Vanegas Plata
Md, Msp, Oftalmólogo, Oncólogo


Antecedentes Legales

Constitución Política De Colombia
Ley 100 De 1993 Articulo 41º y Ley 361 De 1997 Articulo 5º
Decreto 692 De 1995

Vigente : Manual Único de Calificación de Invalidez
Decreto 917 del 28 de Mayo de 1999 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Generalidades

Campo de Aplicación : Articulo 1º

Todos los habitantes del territorio nacional, todos los trabajadores oficial, semioficial, publico y privado

Definiciones Articulo 2º

Trabajo habitual: oficio, labor u ocupación desempeñado con capacidad laboral, entrenamiento, formación técnica o profesional, recibiendo un salario y por el cual cotiza al sistema integral de pensiones.

Capacidad laboral: conjunto de habilidades y destrezas, aptitudes y potenciales, físico, mental y social que le permiten desarrollar un trabajo habitual.

Invalidez: cualquier causa y cualquier origen, no intencional, perdida de mas del 50% capacidad laboral

Incapacidad permanente parcial: cualquier causa y cualquier origen, perdida de capacidad entre el 5 y el 50% de la capacidad laboral

Fecha de Estructuración o Declaratoria de la Capacidad Laboral Articulo 3º

Es la fecha en que se genera en la persona una incapacidad laboral

Permanente y definitive

Debe documentarse historia clínica, exámenes y ayudas diagnosticas

Puede ser anterior o en la fecha de la calificación

Requisitos Articulo 4º

1. Considerar hechos, circunstancias de modo, tiempo y lugar y diagnostico sustentado
a. Médico
b. Médico especialista en cada área
c. Médico industrial
2. Determinar la perdida de capacidad, personal idoneo, con reconocimiento oficial
3. Calificación integral de la invalidez: origen, grado, fecha y fundamentacion.
4. Dictamen final que debe contener los mecanismos que garanticen una controversia objetiva en caso de desacuerdo tanto en lo substancial como lo procedimental.

Quien?

Administradoras de riesgos profesionales
articulo 42 decreto ley 1295 de 1994

Empresas promotoras de salud (EPS) y las administradoras de régimen subsidiado (ARS)

Articulo 5 Ley 361 1997

El oftalmólogo puede ser comisionado de oficio para integrar permanente o ocasionalmente el equipo multidisciplinario o los comités pero no esta facultado por la ley para efectuar la calificación del estado de invalidez que corresponde a las juntas de calificacion de invalidez reglamentadas por ley.

   
 
CRITERIO
ARTICULO 7º A 9º
DEFINICIÓN
%
DEFICIENCIA Pérdida o anormalidad de estructura o función temporal o permanente, físico o mental
Estado patológico, perturbación del órgano
 
50
     
DISCAPACIDAD Restricción o ausencia de capacidad para realizar una actividad en forma o margen normal, producida por una deficiencia, temporal o permanente, reversible o irreversible, progresiva o reversiva.
Objetivación de la deficiencia, alteración de la persona
 
20
     
MINUSVALÍA Toda situación desventajosa consecuencia de una deficiencia o una discapacidad, que limita o impide un rol normal para otro en las mismas condiciones; diferente rendimiento y expectativas.
Representa socialización de las anteriores y alteran el entorno del individuo
 
30
     
TOTAL Si la deficiencia es cero no podrá calificar discapacidad o minusvalía
No afecta la calificación de accidente de trabajo y enfermedad profesional patología anterior, anomalía congénita o adquirida antes de la edad laboral si ha sido habilitado a menos que se agrave o aparezcan otras.
El uso de prótesis descuenta de la deficiencia global 10% si es estética, 20% si es funcional y 30% si cumple las dos
 
100
       
 

Instrucciones para interconsultores articulo10ª

1. Peritazgo de oficio y con conocimiento de uso
2. Objeto exclusivo y preciso que se le pida
3. Exclusivamente sobre el diagnóstico del paciente
4. Informar al calificador las pruebas adicionales, nunca tener en cuenta proporcionados por el paciente o la parte interesada
5. Consistencia entre anamnesis, exámenes y conclusiones médicas
6. Pronunciarse exclusivamente sobre su especialidad; DX, tto recibido o sugerido, concepto y pronóstico.

   
 

Capitulo XIII 13. Órganos de los Sentidos: 13.1 Visión,…..917 de 1999

El sistema visual se evalúa con
1. Agudeza visual
2. Campo visual
3. Motilidad ocular

Agudeza y campo con corrección, motilidad no lo especifica la ley


Tabla 13.1 equivalencia para las medidas de agudeza visual

INGLESA
METRICA
DECIMAL
20/20
5/ 5 -6/6
0.80
20/25
5/7.5-6/7.5
0.70
20/32
6/10
0.60
20/40
5/10- 6/12
0.50
20/50
6/15
0.40
20/64
5/15 -6/20
0.30
20/100
5/20-6/30
0.20
20/125
5/40-6/48
0.10
20/200
5/50-6/60
0.10
20/400
5/100-6/120
0.05
20/800
6/240
0.00
 
AV
0.8
0.70
0.6
0.5
0.4
0.3
0.2
0.1
0.05
0.0 OC
ENUCL-EADO
0.8
0
2.00
3
4
5
6
7
8
9
11
15
0.7
2
3.00
4
5
6
7
8
9
11
15
20
0.6
3
4.00
5
6
8
10
12
14
15
17
25
0.5
4
5.00
6
8
10
12
15
16
18
20
27
0.4
5
6.00
8
10
12
15
18
20
23
25
33
0.3
6
8.00
10
112
15
18
20
23
25
30
35
0.2
8
10.00
12
15
18
20
23
27
30
33
37
0.1
9
11.00
14
16
20
23
27
30
33
35
40
0.05
11
13.00
15
18
23
25
30
33
35
38
45
0.0 OC
12
15.00
17
20
25
30
33
35
38
45
50
ENUCL-EADO
15
20.00
25
27
33
35
37
40
45
50
50
 
Tabla 13. 2 Deficiencia Global por Alteraciones de la Agudeza Visual
Un Ojo Sano y Otro Enfermo Primera Fila
Bilateral Interseccion Dos Ojos
Ojo Único se Toma Como Ojo Ciego Interseccion Con Horizontal
Ojo Enucleado Interseccion con la Horizontal

 

El campo visual comprende el área que puede ser abarcada por la retina sensorial conjugada de los dos ojos

Monocularmente, comprende una visión central o agudeza visual o discriminativa o foveal de 5°, el campo central de 30° y el campo periférico que llega a los 120°.

La visión depende en su conjunto de la integridad de la vía visual

 
Estructura
neurona
vía visual
territorio
Medios ópticos
---
---
preretinal
Fotorreceptor
---
---
retina
Célula bipolar
primera
---
retina
C. Cel. Ganglionar
segunda
anterior
neural I
Axon Cel. Gan
segunda
anterior
neural II
Axón NO
segunda
anterior
neural II
Axón Quiasma
segunda
anterior
neural III
Axón tracto óptico
segunda
anterior
neural IV
Radiación Óptica
tercera
posterior
neural IV
Lóbulo occipital
cuarta
posterior
neural V
 
vía visual
 
irrigación arterial
  La integridad también tiene una estrecha relación con áreas independientes de irrigación arterial
     
 

Defectos monoculares

1. localizados
a. Defecto temporal
b. Arqueado y paracentral
c. Escotoma o depresión central
d. Aumento de mancha ciega
e. Escotoma centrocecal
f. Hemianopsia altitudinal
2. generalizados
a. Depresión o contracción periférica

Defectos monoculares
 

Defectos binoculars

A partir de la decusación del quiasma óptico podemos encontrar fallas que involucran los campos de ambos ojos

IMAGEN

 

decusación del quiasma óptico

 
ÁREA
GRADOS
TEMPORAL
85
TEMPORAL INFERIOR
85
INFERIOR
65
NASAL INFERIOR
50
NASAL
60
NASAL SUPERIOR
55
SUPERIOR
45
TEMPORAL SUPERIOR
55
TOTAL
500
area grados ojo
     
 
PER
 
CONS
 
%
 
PER
 
CONS
 
%
 
PER
 
CONS
 
%
0
 
500
 
0.00
 
170
 
 
17
 
340
 
34
10
 
 
1.00
 
180
 
 
18
 
350
 
150
35
20
 
 
2.00
 
190
 
 
19
 
360
 
36
30
 
 
3.00
 
200
 
300
 
20
 
370
 
37
40
 
 
4.00
 
210
 
 
21
 
380
 
38
50
 
450
 
5.00
 
220
 
 
22
 
390
 
39
60
 
 
6.00
 
230
 
 
23
 
400
 
100
40
70
 
 
7.00
 
240
 
 
24
 
410
 
41
80
 
 
8.00
 
250
 
250
 
25
 
420
 
42
90
 
 
9.00
 
260
 
 
26
 
430
 
43
100
 
400
 
10.00
 
270
 
 
27
 
440
 
44
110
 
 
11.00
 
280
 
 
28
 
450
 
50
45
120
 
 
12.00
 
290
 
 
29
 
460
 
46
130
 
 
13.00
 
300
 
200
 
30
 
470
 
47
140
 
 
14.00
 
310
 
 
31
 
480
 
48
150
 
350
 
15.00
 
320
 
 
32
 
490
 
49
160
 
 
16.00
 
330
 
 
33
 
500
 
0
50
  TABLA 13.4 DEFICIENCIA VISUAL POR PERDIDA DE CAMPO VISUAL DE UN OJO
     
 

Calculo campo visual

  • Suma la perdida en grados en cada eje
  • Si es campimetria central duplicar el valor( x 2, máximo 270º)
  • Convertir en porcentaje de perdida tabla 13.4 deficiencia visual por cada ojo  =

% de perdida de cada ojo

  • Formula deficiencia global:
  • % perdida ojo peor x 0.25+% perdida ojo mejor x0.75
  • Se combina con otros sin que sobrepase la pérdida global de la visión de los ojos (50%)
OD
OI
Calculo campo visual ojo derecho Calculo campo visual ojo izquierdo
(10+30+20+15+
10) X 2 =
----
170
----
17%
50%
17X0.75=12.75
50X0.25=12.50
DEFICIENCIA
GLOBAL
25.25 %
   
     
 
CRITERIOS
DEFICIENCIA GLOBAL POR DIPLOPÍA
  DEFICIENCIA GLOBAL
%
   
DIPLOPÍA EN ZONAS ALTAS 4.0
   
DIPLOPÍA INFERIOR DE CAMPO 9.0
   
DIPLOPÍA MIRADA LATERAL 7.5
   
DIPLOPÍA TODAS LAS POSICIONES NO COMPENSADA
CON OCLUSIÓN DE UN OJO
11.5
     
 
13.1.5 DEFICIENCIA GLOBAL POR OTRAS LESIONES OCULARES UNILATERALES   %
     
OFTALMOPLEJIA INTERNA TOTAL UNILATERAL   11.5
     
MIDRIASIS Y LESIONES DE IRIS UNILATERAL
  2.5
     
PTOSIS, BLEFAROESPASMO, SECLUSION
  10.0
     
DEFORMACIÓN PALPEBRAL UNILATERAL
  5.0
     
EPIFORA UNILATERAL
  5.0
     
FÍSTULA LAGRIMAL UNILATERAL
  5.0
     
GLAUCOMA BILATERAL
  5.0
     
Se suman combinados a otra deficiencia
  ---
     
No puede sobrepasar la pérdida total del ojo   15%
     
No puede sobrepasar la pérdida total de la visión   50%
     
     
  En el ejemplo anterior al paciente se le debe sumar a la deficiencia global por pérdida de CV 5% mas por glaucoma bilateral y 12% por pérdida de la visión central del ojo izquierdo para un total de 37.25% de pérdida global sin exceder el total que demarca la ley de 50% en cualquier caso. OD OI
(10+30+20+15+
10) X 2 = -
170 -
17% 50%
17X0.75=12.75 50X0.25=12.50

DEFICIENCIA
GLOBAL POR CAMPO : 25.25 %
ADICIONAR
PERDIDA DE VISIÓN CENTRAL 12%
GLAUCOMA AMBOS OJOS 5%

A+ (100-A)b/100

     
  CON LA COLABORACIÓN DE MEDICINA INDUSTRIAL POLICLÍNICA ECOPETROL BARRANCABERMEJA

CON EL PATROCINIO DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE OFTALMOLOGÍA Y LA COMISIÓN DE SALUD PUBLICA DE LA SCO


BARRANQUILLA 5 JUNIO 2004 TALLER SALUD PUBLICA OCULAR